Ayudas
Cerca del 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética (la primera es de 1979), lo que sitúa a España en una posición difícil de cara al cumplimiento de los compromisos con Europa (Estrategia Europea 2020). Con el fomento de las actuaciones de rehabilitación de edificios y de regeneración y renovación urbanas, se incide directamente sobre el ahorro y la eficiencia energética de las viviendas. Estas medidas son un elemento central en el esfuerzo por la instauración de una economía basada en bajas emisiones de carbono, de acuerdo con los objetivos del Gobierno y con las previsiones y políticas de la Unión Europea, que ayudará a reducir la factura energética de las familias y del país en su conjunto.
Plan RENOVE de calderas individuales de la Comunidad de Madrid
Consulta toda la información acerca de los incentivos para fomentar la sustitución de calderas, calentadores o termos cuyo combustible sea carbón, GLP (butano, propano, etc.), gasóleo, electricidad o gas natural por calderas de condensación de gas natural o de GLP, de modo que se incremente su seguridad y aumente su eficiencia energética.
Cuantía de los incentivos: Hasta 150 € por sustitución, máximo 30% de la inversión.
Se consideran inversiones incentivables las sustituciones integrales de instalaciones individuales domésticas, o situadas en edificios de viviendas pertenecientes a comunidades de bienes, o de empresas o de edificios del sector terciario, cuya potencia térmica sea menor o igual a 70 kW. Las actuaciones deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Realización dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Deberán instalarse aparatos nuevos, lo que se acreditará mediante factura correspondiente. Los nuevos aparatos deberán estar inscritos en la base de datos de calderas eficientes de la web www.cambiatucaldera.com
- Reducción mínima del 20% del consumo previo a la sustitución.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante factura emitida por la empresa instaladora adherida al Plan Renove que realice la sustitución.
- Los aparatos sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación de la empresa instaladora.
- No podrán acogerse las instalaciones realizadas a través de una empresa de servicios energéticos
- Podrán acogerse al Plan las sustituciones realizadas a partir del 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014 o el agotamiento de fondos presupuestarios si fuese antes de esa fecha.
Plazo de presentación
- Este Plan estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.