Nuevo impulso normativo a la eficiencia energética

Escrito por Cristina García-Ochoa Martín Escrito el Martes, 23 Febrero 2016. Categorías: Actualidad

Nuevo impulso normativo a la eficiencia energética

Con año y medio de retraso sobre el calendario fijado por la Comisión Europea, el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto 56/2016 que impulsa la eficiencia energética en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, y promoción de la eficiencia del suministro de energía. Este Real Decreto transpone parcialmente Directiva 2012/27/UE contribuyendo de manera decisiva a alcanzar los objetivos de la Unión Europea a en materia de ahorro energético.

Esta nueva norma establece la obligación de realizar auditorías energéticas para las grandes empresas de más de 250 trabajadores o más de 50 millones de euros de volumen de negocio. Dichas auditorías deberán cubrir, al menos, el 85% del consumo total de energía del conjunto de sus instalaciones, y deberán realizarse al menos cada cuatro años.

Eficiencia energética en edificiosSe estima que esta medida será de aplicación a unas 3.800 empresas en España las cuales tendrán un plazo de nueve meses para realizar las auditorías, y podrán sustituirlas además por un sistema de gestión energética o ambiental e incorporar certificados de eficiencia energética de edificios en vigor. Las auditorías serán realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación que se establecen en esta misma norma, sin perjuicio de que también puedan realizarse por personal interno cualificado.

En cuanto a los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, el Real Decreto establece que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica. En la sede electrónica del IDAE existirá un listado de proveedores de servicios energéticos habilitados los cuales deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.

El Real Decreto deja sin embargo fuera la obligatoriedad de que todas las viviendas dispongan desde el 1 de enero de 2017 de contadores individuales de calefacción. Representantes del Ministerio de Industria han justificado esta decisión por el hecho de estar en funciones, motivo por el habrían quedado fuera del texto aprobado las disposiciones que tienen un mayor impacto sobre el cliente final.

2016.02.26.thirdPor otra parte, la norma parece apuntar al autoconsumo como método para alcanzar el objetivo de consumo de energía casi nulo en edificios al indicar que la energía requerida para los mismos debe estar cubierta por energía procedente de fuentes renovables, incluida la producida «in situ» o en el entorno. Esto supone una contradicción con el Real Decreto 900/2015 aprobado el pasado mes de octubre para regular el autoconsumo y que permite este tipo de instalaciones en las comunidades de vecinos sólo para el consumo colectivo (luz en zonas comunes, ascensor, etc.), prohibiendo explícitamente que el exceso de energía producida pueda aprovecharse en las casas.

Habrá que esperar a que se forme Gobierno para saber qué ocurre con esta contradicción legislativa ya muchas de las fuerzas políticas se comprometieron a derogar el Real Decreto de autoconsumo en caso de tener la mayoría parlamentaria para hacerlo.

Fuentes: www.elconfidencial.com; www.cincodias.com; www.expansion.com; www.electroaldesa.com

Sobre el autor

Cristina García-Ochoa Martín

Cristina García-Ochoa Martín

Gestora de proyectos de innovación del Centro de Innovación de Infraestructuras Inteligentes (CI3). (@CristinaGOchoa)