Línea ICO Empresas y Emprendedores 2014

Conoce más acerca de la Línea ICO que permite solicitar financiación a particulares y comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus viviendas. 

Beneficiario de los préstamos

Podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reformar sus elementos comunes.

Conceptos financiables

Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.

Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2013.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Importe máximo por cliente

El importe máximo por cliente y año es de 10 millones de euros, en una o varias operaciones.

Plazo de amortización y carencia

Dependiendo del destino de la financiación, el cliente puede escoger entre las siguientes alternativas: 1, 2, 3, 5, 7 ó 10 años con hasta 1 año de carencia para el pago principal, o bien 12, 15 ó 20 años con hasta 2 años de carencia para el pago principal.

Tipo de interés del préstamo

El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable:

  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %.
  • Para operaciones a plazo de 2 y 3 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%.
  • Para operaciones a un plazo superior a 3 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%.

El tipo de interés final máximo para el cliente (TAE) según el plazo y la modalidad escogida se publica quincenalmente.

Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos

Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Vigencia

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 15 de diciembre de 2014.  

Descargar documentos

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